Una auténtica reforma constitucional
La
reforma constitucional ha reaparecido con más fuerza en escena una vez que el
Partido Popular ha perdido la mayoría absoluta. Obligado por las circunstancias,
el PP ha cambiado de discurso: desde el ‘no, en ningún caso’ se deslizó primero
al ‘según para qué’, y trata ahora de pactar con el PSOE unas bases que
posibiliten aprobar una reforma que no le suponga muchos dolores de cabeza.
La
mirada atenta al día a día de las Cortes Generales nos está permitiendo
observar una serie de movimientos que hacen pensar que los acuerdos entre PP y
PSOE son de mayor profundidad de lo que aparentan. Es probable que en los
próximos meses, poco a poco, se vayan materializando nuevos acuerdos que
refuercen la estrategia que comparten para reflotar el bipartidismo que su
pugna permanente había terminado por hundir. Los dos “grandes partidos” que
habían monopolizado el Gobierno durante la democracia vieron reducido su peso
de los 296 escaños de la legislatura de la mayoría absoluta a los “solo” 217 de
la actual. La conclusión que han compartido es evidente: “O nos aliamos o
nuestro futuro es incierto.”
Lo
cierto es que, en mi opinión, ni PP ni PSOE quieren alejarse demasiado del
informe sobre modificaciones de la Constitución española realizado por el
Consejo de Estado en febrero de 2006. Este plantea la cuestión de la supresión
de la preferencia del varón en la sucesión al trono, la recepción en la
Constitución del proceso de construcción europea, la inclusión de la
denominación de las Comunidades Autónomas y la tan “cacareada” reforma del
Senado.
Resulta
evidente que lo que esta reforma pretende es, en realidad, mantener sus
elementos sutanciales, la base de las decisiones que fueron adoptadas en 1978,
eludiendo abordar una auténtica reconsideración de la misma a la luz de la
nueva realidad y, muy especialmente, de la quiebra del modelo territorial del
Estado que es pertinente abordar. Lejos de esta necesaria reconsideración, el
PP y el PSOE se aferran a la literalidad del Artículo 2 y mantienen en todos
sus términos su redacción: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble
unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los
españoles.” Por si esto fuera poco, realizan auténticos equilibrios para tratar
de esquivar el concepto de nacionalidad recogido por la propia Carta Magna y,
en lugar de abogar por explorar las potencialidades que su desarrollo ofrece,
si por el PP fuera, procederían a su eliminación inmediata.
En
definitiva, lo que ni uno ni otro partido hacen es responder a la cuestión de
fondo que, de distinta forma, se está planteando tanto desde Euskadi como desde
Cataluña. Ambas Comunidades encuentran su reconocimiento como nacionalidad en
la Constitución; esto es, su reconocimiento como nación. Ambas Comunidades
plantean la consecuente asunción de la realidad plurinacional del Estado, pero
se encuentran con un muro que impide cualquier tipo de avance en este
reconocimiento. Superar ese muro de incomprensión, accediendo a abordar la
cuestión territorial de fondo y avanzando en una auténtica reforma
constitucional, permitiría dar cauce de solución a un problema político que
demanda una salida de la misma naturaleza.
Resulta
pertinente recordar la conveniencia de abordar una reforma auténtica, que
ofrezca soluciones a los problemas reales. En este sentido, planteamos una
reforma constitucional que aborde el tema de la pluralidad de las realidades
nacionales que conforman el Estado; que permita dotar a las mismas, por una
parte, de una mayor capacidad política de autogobierno y, por otra, de un cauce
que les permita decidir su relación con el Estado.
Ante
la evidente necesidad de esta reforma auténtica, nos hemos topado siempre con
la inflexibilidad de los otrora “grandes partidos”. Eso sí, cuando lo han
necesitado no han dudado en proceder a su reforma. En el año 1992 se añadieron
dos palabras como consecuencia de la firma del Tratado de la Unión Europea; y,
en 2011, se introdujo el llamado equilibrio presupuestario en el artículo 135,
a través de un procedimiento exprés. Un episodio lamentable de reforma impuesta
por la puerta de atrás, sin luz ni taquígrafos, tras un acuerdo entre PP y PSOE
en pleno mes de agosto.
Haríamos
bien en analizar la realidad de otros países europeos de características
similares, al menos en cuanto al aspecto de la organización territorial. Así,
he conocido en profundidad el caso de Alemania, país en el que desde la
aprobación de la Ley Fundamental de Bonn se han realizado un total de 52
reformas. Alguna diferencia hay.
Esta
semana se ha iniciado el juicio contra Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau.
Un paso más en la judicialización de la política que evidencia que el
Presidente del Gobierno español mantiene cerrada la puerta a cualquier tipo de
solución política, alimentando la distancia y enconando el problema. Plantea
una invitación a “reformar la Constitución” como salida política, cuando en
realidad está marcando la dirección hacia un callejón sin salida. Rajoy juega
con las cartas marcadas a sabiendas de que quienes propugnamos un nuevo modelo
de reconocimiento y relación vamos a ser siempre minoritarios en el conjunto
del Estado.
En
los Estados
constitucionales el debate que se genera entre gobierno y oposición es lógico y normal, son partidos que intentan
gobernar. Ahora bien, cuando los partidos representan a naciones, como puede
ser el caso del PNV en Euskadi y del PDeCat en Cataluña, estos nunca tendrán la
capacidad de ser mayoritarias fuera de sus ámbitos de influencia. En estos
casos de Estados heterogéneos, la ciencia política aboga por defender, desde el
punto de vista de la organización territorial, que las nacionalidades o
naciones deben sustraerse a la capacidad de decisión del Parlamento del Estado
para poder decidir en su ámbito territorial todas aquellas cuestiones referidas
al ámbito nacional.
Esto
es, si la mayoría política actúa contra la voluntad de la minoría que nunca va
a poder cambiar las reglas del juego, impedirá que se atienda una realidad
existente desde el reconocimiento constitucional. Por eso, es necesario que esa
mayoría singular en su ámbito territorial y esa realidad, esa voluntad, se
pueda sustanciar jurídicamente. Esa es, en realidad, la principal conclusión
que podemos extraer de la sentencia 42/2014 del Tribunal Constitucional
referida a la Resolución del Parlamento de Cataluña por la que se aprueba la
Declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña: el
diálogo y la lealtad entre los diferentes niveles de los poderes públicos para
dar salida a realidades diferentes. Esta es la conclusión que debería alumbrar
una auténtica reforma constitucional en el Estado.
Artículo publicado el pasado miércoles
en Vozpopuli.
http://www.vozpopuli.com/senado-eus/autentica-reforma-constitucional_7_997470244.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario